1º) NECESITO LIBERARME DE LA OBLIGACIÓN DE CONTINUAR PAGANDO LA DEUDA HIPOTECARIA (MUCHAS VECES INJUSTA). En otras palabras, usted necesita comenzar de nuevo, sin cargar con el imposible de tener que pagar, mes a mes, los dividendos de una deuda que dura varios años o décadas, y que en muchos casos resulta abusiva, imposible o injusta de cumplir, por cuantas razones puedan existir, pero que, lamentablemente, el sistema bancario se niega a comprender.
El conjunto de trámites que se deben realizar para satisfacer esta necesidad se conocen como, “trámites de liberación”.
2°) NECESITO PROTEGER MI PROPIEDAD DEL EMBARGO O REMATE JUDICIAL. En otras palabras, usted No quiere perder su casa o departamento, aunque no pueda seguir pagando las cuotas del crédito hipotecario. En este sentido, usted necesita que su propiedad No sea Embargada Ni Rematada por el Acreedor Hipotecario, Ni por ningún otro Acreedor de Crédito de Consumo; por muy grande que sea la deuda.
El conjunto de trámites que se deben realizar para satisfacer esta necesidad se conocen como, “trámites de protección”.
3º) TENGO UNA DEUDA POR UN CRÉDITO HIPOTECARIO Y UNA DEUDA POR UN CRÉDITO(S) DE CONSUMO. Si estoy al día con el crédito hipotecario, ME PUEDEN EMBARGAR MI PROPIEDAD HIPOTECADA POR NO PAGAR EL CREDITO DE CONSUMO.
Efectivamente, No existe ningún impedimento legal al respecto. De hecho, sucede frecuentemente, puesto que el deudor suele confiarse en que un bien hipotecado no puede ser embargado por otra deuda. Esto es un error colectivo, de común ocurrencia. Se puede ser deudor de un crédito hipotecario y, a la vez, deudor de un crédito de consumo.
4º) TRASPASO DEUDA o NECESITO TRASPASAR CREDITO HIPOTECARIO: Esta situación implica que el deudor, por diversas causas como por ejemplo desempleo o enfermedad, ya no puede pagar su crédito; o bien, lisa y llanamente ya no quiere pagar el crédito.
Esta alternativa otorga la opción de traspasar parcial o totalmente la hipoteca a un hijo, familiar, cercano, y pagarla entre los dos, como si fuera un crédito conyugal, al final de cuentas el objetivo es que no se pierda el patrimonio familiar. O bien, traspasar totalmente la hipoteca a un tercero, de manera que éste último asuma absolutamente la obligación de continuar pagando el crédito, y el primitivo deudor recupere lo invertido, lo más que sea posible.
5º) NO QUIERO VERME INMERSO EN EL JUICIO O PROCESO JUDICIAL, LO QUE ME IMPEDIRÁ ADQUIRIR UNA NUEVA PROPIEDAD EN EL FUTURO.
Esta situación conlleva el hecho que, el remate de inmuebles generalmente no cubre el total de lo adeudado, y dicho saldo faculta al acreedor para embargar otros bienes futuros del deudor.
En otras palabras, ante el riesgo de continuar siendo embargo, el deudor no puede adquirir nuevas propiedades.
Por otro lado, implica el hecho que, el deudor no cuenta con los medios para enfrentar el juicio, o bien, lisa y llanamente, no desea gastar recursos en ello cuando ha perdido interés o apego en el inmueble.
Esta alternativa implica, evitar hacer frente al problema, y así evitar los riesgos, gastos, y preocupaciones propias de aquello.
En definitiva, significa desligarse del problema, rápida, completa y definitivamente, para enfocarse únicamente a re-hacer la vida, partiendo de nuevo “desde cero”, sin la carga de incurrir en otros gastos.
Sabido es que, el proceso judicial se hace más intimidatorio si “no se sabe” o “no se tiene los medios” para sobrellevarlo. Entonces, una solución para este caso es que el deudor pueda salir de este problema ANTICIPADAMENTE, ANTES QUE SE INICIE EL JUICIO.
La idea es que el deudor evite “definitivamente” el “juicio” “costos” e “imposibilidades futuras” que este acarrea.
El conjunto de trámites que se deben realizar para satisfacer esta necesidad se conocen como, “trámites de evasión”.
6º) QUIERO HACER DEVOLUCIÓN DEL INMUEBLE, o ENTREGARLO EN PAGO AL BANCO. En este contexto, es muy importante destacar que, el acreedor bancario, DE NINGÚN MODO ESTÁ OBLIGADO a aceptar este tipo de propuestas. Por el contrario, es necesario forzar la situación, utilizando técnicas y herramientas legales específicas, que permiten hacerle comprender la conveniencia de ello. Este proceso, obviamente, debe ser llevado por profesionales expertos, para que sea eficaz.
El conjunto de trámites que se deben realizar para satisfacer esta necesidad se conocen como, “trámites de devolución o entrega”.
7º) NECESITO GANAR TIEMPO O DILATAR LA SITUACIÓN DE REMATE Y DESALOJO. Esta alternativa es una opción siempre válida, especialmente, por cuanto concede al deudor ciertos beneficios prácticos (que son “siempre bienvenidos”), tales como, disponer de tiempo suficiente a la espera de mejoras laborales o económicas, que permitan alcanzar un arreglo de pago “amistoso” con el acreedor; O bien, sencillamente, para tan sólo utilizar el inmueble por el mayor tiempo que sea posible, para lograr una tranquila y adecuada re-ubicación de su familia.
Valor de la Cuota o Dividendo Mensual * Número de años para pagar el crédito * 12 (meses del año) = Lo que voy a tener que pagar por el préstamo
2º.- Los Bancos jamás entregan información más allá de su conveniencia. Su lanza de batalla es “MANTENER DESINFORMADO AL DEUDOR”.
3º.- Por qué el negocio de los Bancos está en las “Cobranzas” y No en el “Crédito mismo”?:
1ro. Porque, el sistema de Créditos tiene un régimen de regulación y control estricto, establecido por la Ley. En cambio el sistema de “Cobranzas” tiene profundas grietas y vacíos legales que permiten el abuso y la arbitrariedad.
2do.- Porque, una Repactación siempre multiplica la deuda (nunca la disminuye).
3ro.- Porque, el cobrador actúa unilateralmente sobre la base de su propia conveniencia económica. En cambio, el rol del deudor se limita, únicamente, a aceptar o no lo impuesto por el Banco.
4to.- Porque, al cobrador se le permite mantenerlo atemorizado y desinformado.
5to.- Porque, al cobrador se le permite realizar abusos y apremios ilegítimos.
4º.- El acreedor que no entiende explicaciones, no entrega soluciones.
5º.- Una solución que a la larga es “imposible de cumplir”, es igual a “Nada”
6º.- Los bancos también contratan seguros.
7º.- Sabe usted, ahora, por qué el negocio de los bancos es por lejos el más rentable y lucrativo, con miles de millones de dólares de utilidades al año.
8º.- Está de acuerdo, ahora, en que el deudor tiene todo el derecho a defenderse!!!
Un Aporte Conjunto de
R&M Asuntos Inmobiliarios
AGRUPACION ADHI (Agrupación de Deudores Hipotecarios Sin Fines de Lucro)